Son un tipo de seguros que cubren los gastos de atención
médica, farmacéutica y las indemnizaciones al asegurado. Éste abona una prima
a la compañía aseguradora que suele aumentar conforme avanza su edad.
Es
muy frecuente que antes de contratar un seguro de este tipo, la aseguradora
exija un examen de salud de la persona. En caso de que se detecte alguna
enfermedad o disfunción, es posible que la compañía se niegue a suscribir el
seguro con el cliente.
Los
seguros médicos son generalmente de carácter temporal. En el momento de su
vencimiento, tanto la aseguradora como el asegurado deciden si renovarlo o no.
No todos los seguros cubren cualquier tipo de asistencia
médica. Es común que tratamientos crónicos, procesos de desintoxicación,
cirugía estética o servicios de planificación familiar queden fuera de las
coberturas garantizadas por la aseguradora.
Tipos de seguros médicos
Dentro de los seguros médicos, existen diferentes modalidades en
función del sistema de cobertura de los gastos de asistencia médica. Destacan
los siguientes:
· Servicio
médico por cuenta de la aseguradora: por este
sistema el asegurado tiene
derecho a escoger un cuadro de médicos entre los ofertados por la compañía
aseguradora. Podrá asistir a ellos de forma ilimitada.
· Reembolso
del importe de los servicios médicos utilizados: el asegurado adelanta los gastos de
atención médica y envía una factura a la compañía aseguradora. Ésta devuelve el
importe adelantado por el asegurado según los límites pactados en la póliza.
· Sistema mixto: es una mezcla de los dos anteriores. El
asegurado tiene derecho al reembolso de los gastos de la atención médica
privada, hasta la cuantía establecida. Además, podrá elegir un cuadro de
médicos dentro de los ofertados por la aseguradora.
Observaciones
El sistema mixto
suele utilizarse cuando el asegurado quiere realizar consultas con
especialistas concretos que no pertenecen al cuadro médico ofrecido por la
compañía aseguradora.
El Subsidio de indemnizaciones no es
estrictamente un sistema de atención médica, sino de indemnización económica al
asegurado. Lo suscriben fundamentalmente autónomos para cubrir las pérdidas de
las bajas laborales de sus empleados.
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